Acuerdos, como los principios que expone la Carta Olímpica; la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano de Estocolmo, del 5 al 16 de junio de 1.972; la Cumbre para la tierra Conferencia sobre Medio Ambiente y el desarrollo en Rio, del 3 al 14 de junio de 1992, y la COP, 16 del 20 de octubre al 1 de noviembre de 2024, en Cali, se pueden entender como ejercicios que recaban las bases sobre medio ambiente protegido, derechos intergeneracionales e inter-especies.
Fabio Alfredo Navarro Pasquali
Filósofo de la Universidad Nacional, Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Universidad Libre, Magíster en Historia de la Pontificia Universidad Javeriana.
Los términos de una razón universal mediante la cual se pretenden establecer las condiciones de existencia de Estado y ciudadanía, en una relación de sujeción política, primaban y el ser humano reivindicado como sujeto de derechos fundamentales atribuibles a su condición política de pertenencia a una sociedad en particular.
El hecho de ser humano como especie, una más en el planeta, no se exponía, pues no era clara tal categoría de pensamiento y menos su condición de derecho fundamental en sí mismo considerado, en términos de subsistencia relacional y de vida con las demás especies.
La explotación del planeta quedó signada como ejercicio de poder sin un reconocimiento expreso del lugar inter-especie del humano en el contexto común universal. Ejercicio extremo y desmedido que fue extinguiendo cadenas de vida planetaria, paradójicamente, invocando la razón.

Entre el cinco y dieciséis de junio de 1972 se lleva a cabo en Estocolmo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente humano, en la que se alcanzaron acuerdos sobre veintiséis principios que parten de afirmar como razón fundamental, la manifestación de una voluntad universal que declara la vida como premisa, sobre la cual se plantea el medio ambiente humano en función de nuevo postulado de reflexión – acción.
Proclama esta conferencia, veintiséis principios en los cuales, no solo reúne el sentir de esa representación universal, sino que permite recordar el trazo del pensamiento, que siglos antes había sido planteado por filósofos como Gottfried Wilhelm Leibniz e Immanuel Kant que, desde sus lecturas de la propia realidad, pretendían la consolidación de una razón universal como única posibilidad para la armonía entre los pueblos.
Palabras clave.
Medio ambiente, Deporte, Derechos fundamentales, Razón universal, Multitudes, Muchedumbres.
Introducción.
Si bien, puede hablarse de un pensamiento universal, que avizoraba el futuro del ser humano en mejores condiciones de vida, no puede entenderse como esfuerzo en la dirección de asumir la tarea de ejercitar la razón en función del ser humano como especie en un medio natural, que habría de atender sus necesidades y las de las siguientes generaciones.
El problema radica en el tipo de pensamiento que pretende la universalidad, pues no es posible pensar que ejercer el poder sobre otras naciones en beneficio de un Estado, sea el camino para lograr el bien común, por el contrario, se deslegitima la pretensión de universalidad.
Sin embargo, los esfuerzos de Leibnitz y Kant cuentan como antecedentes valiosos en términos de una razón universal, que hicieran posible la paz y la vida en general.
En ese mismo sentido y en la búsqueda de elementos constitutivos de pensamiento dirigido al propósito de universalidad, más allá de las apetencias de la guerra y la hegemonía de una nación o naciones sobre otras, surge la necesidad de reconocimiento al ser humano como centro de reflexión para la vida presente y futura, entendido como parte integral de un mundo natural, que debe mantenerse como eje de tal voluntad.
Los Acuerdos, como el precitado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano de Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1.972, o la Cumbre para la tierraConferencia sobre Medio Ambiente y el desarrollo en Rio del 3 al 14 de junio de 1992, o, la COP 16 del 20 de octubre al 1 de noviembre de 2024, en Cali (Colombia), se pueden entender como ejercicios que recaban las bases de un tipo de pensamiento con alcances de universalidad, del cual se obtienen proyecciones importantes en la trazabilidad de una razón universal cuyos horizontes deben afirmase en diálogos y acciones afirmativas sobre medio ambiente protegido, derechos intergeneracionales e inter-especies.
El ser humano como especie, una más en el planeta tierra, haciéndose evidente tal categoría de pensamiento – acción política y su condición de derecho fundamental en sí mismo considerado en el escenario de la vida universal, intergeneracional e Inter-especie.
Deporte, multitud e industria.
Deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre, entendidos como formas de vida y ejercicio de razón universal, como actividades que a lo largo del siglo XX y XXI, adquieren particular importancia, llegando a constituirse en derechos reconocidos, como en el caso de Colombia, en dónde a partir de la Constitución Política de 1991 y el desarrollo jurisprudencial de sus Cortes, Constitucional y Suprema de Justicia, a través de distintas sentencias, han señalado un largo camino de afirmación jurídica de tales actividades estableciendo su carácter de fundamental.
El carácter fundamental de tales derechos resulta de particular importancia porque lleva al escenario vital del ciudadano, actividades consideradas no relevantes en concepciones socio históricas tradicionales, pero que en perspectiva de larga traza histórico universal adquieren relevancia para constituirse en ejes de vida presente y futura.
Así, en el transcurso de los siglos XX y XXI adquieren desarrollo, no solo en términos de formación del ser humano, sino que también generan espacios lúdicos asociados a educación, trabajo, interacción humana, medio ambiente y otras tantas actividades que bien pronto amplían el ámbito de reconocimiento de los derechos fundamentales asociados a tales actividades.
El amplio espectro deportivo – recreacional se constituye en núcleo fundamental recuperado para la vida humana en general, pero ese espacio dispuesto como derechos, se convierte en un lugar propicio para el mercado de empresas dedicadas a la producción de implementos deportivos y otros tantos productos que se convierten en sustanciales para esos nuevos – viejos escenarios.
El deporte, recreación y el aprovechamiento del tiempo libre son actividades que además de hacer explícito el concepto de razón universal, ampliaron el espectro de producción de instrumentos adecuados y ajustados a las necesidades de quienes en ejercicio de tales derechos demandaron implementos que permitieran y optimizaran sus respectivas prácticas. El establecimiento de emporios industriales de alta sofisticación cuya producción demanda la implementación de procesos industriales que eventualmente generan algún tipo de desajuste ambiental.
Pese a las circunstancias anotadas, el deporte y en particular el de alta competencia y rendimiento se consolidó en las décadas finales del siglo XX como espectáculo de masas, que fervientes asisten a estadios y demás escenarios deportivos a seguir el desenvolvimiento de sus deportistas en los distintos escenarios nacionales, internacionales, o, a través de la televisión y otros medios.
La multitud siente, sonríe, llora y su historia hace camino.
No bastan entonces los lineamientos trazados para las distintas competencias, sino que se incorporan las multitudes presenciales y virtuales con la consiguiente red de servicios para la debida atención de esas masas que, en función de su afición se convierten en usuarios de servicios, eso en sí mismo no tiene mayor dificultad salvo por las implicaciones ambientales que surgen de la relación consumo – residuos.
El deporte según Jean – Marie Brohm en el texto Sociología Política del deporte, “es una forma asociativa con características propias de la sociedad en la cual se asume y desarrolla desde comienzos del siglo XX”, esto es, un modelo de universalidad cuyas bases en general se asientan en criterios democráticos de asociación que se convierten en leyes regulatorias y en formas asociativas.
Las multitudes de distintas naciones y pueblos que siguen a sus deportistas constituyen no sólo la base fundamental de la puesta en escena deportiva, sino que su activa participación signada por el amor a sus emblemas, insignias, equipos y deportistas constituye la base de un amplio mercado de implementos con los cuales se establecen condiciones de identidad con sus respectivas representaciones.
Se es fanático en tanto se manifiesta el amor por una divisa nacional, local, club deportivo, deportista y en general por todo aquello que represente una forma de ser, identificada como propia que permita entender pertenencia a unos colores, una simbología, formas de pensar y de actuar, no se puede estar en un escenario al borde de una hazaña deportiva sin tener en la mano o en el cuerpo en general prendas o accesorios que identifiquen y permitan el re – conocimiento entre pares.
Conclusión.
La multitud, como lo aclara George Rudé (1.998) no es una masa informe sin rasgos distintivos, por el contrario, se encuentran elementos constitutivos de unidad, filiación y porque no decirlo, de razón universal en tanto entraña principios y valores, circunstancias estas que se advierten claramente en las manifestaciones de carácter deportivo. No se trata de una simple aglomeración de personas vociferantes, sino de ciudadanos que tienen ideales en común, sentido patrio, colores deportivos, expresiones cultural – regionales, equipos del alma, etc.
En las observaciones que trae el autor citado, señala la necesidad de estudiar y entender los procesos propios de las multitudes pues no son procesos aislados, responden a momentos históricos concretos, por ejemplo, las citadas multitudes nacionalistas en los mundiales de Futbol o el fervor manifiesto en calles y ciudades bajo los acordes patrios por la medalla olímpica:
“Así, por medio de tales esfuerzos combinados, la muchedumbre puede eventualmente aparecer no como una fórmula abstracta sino como un fenómeno histórico vivo y multifacético.” (Rudé, 1998)
La multitud tiene un rostro, se desprende de lo afirmado por Rudé en el texto citado, no es una masa informe desprendida de parámetros culturales o alejada de intereses sociales, deportivos, políticos o de cualquier otra índole, responde a motivaciones que en el caso específico del deporte se vincula con sentimientos profundos de naturaleza popular, origen patrio, universalidad y otros tantos motivos que le dan rostro a la multitud, no propiamente una turba violenta o por fuerza sin referencia social explícita.
Bibliografía
Rudé, G. (1998). La multitud en la historia. Los disturbios populares en Francia e Inglaterra. 1730 -´1848. Madrid: Siglo XXI editores. S.A.
Brohm, J. -M. (1982). Sociología política del deporte. México: Fondo de Cultura Económica.
SU – 123/18 Consulta previa. (Corte Constitucional 15 de Noviembre de 2018).
Pasquali, A. (2011). La comunicación mundo. Releer un mundo transfiguradopor las comunicaciones. Manganeses de la Lampreana. España: Comunicación social. Ediciones y publicaciones.
Recursos naturales, S-T 760 – 2007 (Corte Constitucional 25 de septiembre de 2007).
Internacional, C. O. (17 de Julio de 2020). Obtenido de www.olympic.org: ES-Olympic-Charter.pdf





























