Por: Fabio Alfredo Navarro Pasquali.
Filósofo de la Universidad Nacional, Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Universidad Libre, Magíster en Historia de la Pontificia Universidad Javeriana.
Es el deporte un universo cultural.
Se puede afirmar, entonces, que el deporte cualquiera sea su manifestación, es una expresión cultural en tanto es asimilada su práctica por comunidades que lo elevan a rango de gestas propias de hombres y mujeres elevados por sus heroicas actuaciones deportivas a la condición de inspiradoras leyendas articuladas a la cultura popular.
Estos héroes que a través de su paso existencial permiten la fe y la esperanza de las gentes que, ven en sus triunfos y también en sus derrotas, la redención de su ser colectivo en tanto bandera que los cobija frente a adversarios de otros mundos culturales, pero que también están ahí en la sonrisa del ser deportivo puesto en pista o dónde quiera sea la competencia.
Es legado de los ancestros, es camino del hablar, experimentar, sonreír, verter lágrimas, para que las generaciones venideras sepan que también sirvieron para atesorar memoria y hacer la historia, para de esa forma, otras gentes en otros lugares del mundo con otras formas de pensar sepan a través de ese cultural dialogo mudo de su existencia.
Deporte como reconocimiento de culturas.
Brevemente descrito, se puede afirmar al deporte como un ejercicio intercultural o diálogo de las culturas, concepto aquí previamente tratado desde la perspectiva de Fornet. Hernández quien establece tal condición para el desarrollo de la filosofía y más exactamente de la universalidad del pensamiento filosófico. El deporte como actividad humana permite con su despliegue, lecturas de profundo significado humano que dada la premura de las competencias puede en principio pasar desapercibido, pero que se hace presente desde lo particular del quehacer de la cotidiana concentración deportiva hasta la universalidad alcanzada con el hecho – competencia y el ondear de las múltiples banderas.
Lo anterior no desconoce la multiplicidad de problemáticas que afectan las condiciones de vida de las distintas sociedades humanas que pueblan el planeta que se habita, pero la necesidad histórica de alcanzar altos niveles de re – conocimiento inter – naciones sobre sólidas bases no vislumbradas, hunde sus raíces en el agotamiento de distintas instancias de vivencia planetaria, por solo citar un ejemplo, el común medio ambiente, ni más ni menos.
“Las culturas, aún allí donde aparecen como marginadas y excluidas, no son nunca realidades mudas, simples objetos de interpretación, sino que son fuentes de interpretación y de sentido de lo real; y por ello confrontan a la filosofía con la necesidad de tomarlas en serio también a éste nivel de ser portadoras de palabras que tienen el derecho también de configurar el discurso filosófico y que pueden, por tanto, impulsar desde si mismas movimientos de universalización en filosofía.” (Fornet)
Aquello que denominan sociedad es la sumatoria de fuerzas contrapuestas que necesariamente deben producir mecanismos de coexistencia en función de una razón universal, es decir, toda sociedad humana con sus propias contradicciones debe generar condiciones para su propia subsistencia política, pero además crear mecanismos que propicien nexos de convivencia humana en términos de compromisos – mundo, orientando la filosofía de instituciones de ese nivel a desarrollar derechos humanos fundamentales de interculturalidad, como efectivamente sucede por ejemplo con los derechos económicos, sociales y culturales que involucran la afirmación de los seres humanos en distintas sociedades.
Elevar estos derechos a la condición de conciencia universal que permita una interactuación de los distintos pueblos en condiciones de igualdad real y material en escenarios de orden internacional hace posible la multívoca comunicación y presencia digna en la toma de decisiones que conducen al bien humano en general.
En el ejercicio del deporte a nivel olímpico es posible pensar en tal dignificación, la presencia en competencia de distintas culturas, bajo propias banderas, siguiendo un ideal que trasciende el marco de lo particular para instalarse en la universalidad del instante fugaz del saludo olímpico cuando efectivamente se materializa el sentimiento de co – responsabilidad con aquel o aquella, venidos de cualquier otro lugar del planeta para sentirse interculturalmente humanos.
Reconocer y pronunciarse para establecer políticas de carácter universal a través de instituciones de competencia jurídica internacional, facultadas para el reconocimiento de derechos fundamentales conculcados a ciudadanos, pueblos y al mismo planeta en términos ambientales, resulta ser de la mayor importancia dado el ejercicio de la voluntad humana de construir una razón moral que haga posible la vida común. La historia humana, dentro de lineamientos específicos de común aceptación, constituye argumento que trasciende tal ámbito, sirviendo de ejemplo. Vale aclarar que existen las instituciones nacionales e internacionales que tienen la tradición jurídica.
“La interculturalidad o, mejor dicho, la práctica de la filosofía desde el contexto y las exigencias reales del diálogo de las culturas se presenta de este modo como la gran oportunidad para que la filosofía logre una verdadera universalidad.” (Fornet)
Una visión constitucional.
El olimpismo consolida la universalidad de su filosofía en el respeto a derechos fundamentales propios de ordenamientos constitucionales de pueblos que los hacen pilares del desenvolvimiento jurídico cotidiano de sus respectivas sociedades. Así, derechos como el de Igualdad, (Rodríguez) considerado como principio constitucional que garantiza por sus alcances jurídicos el goce de otros derechos que le son consustanciales, como lo manifiesta la Corte Constitucional de Colombia en Sentencia de Tutela 432 – 92 Sala Sexta de Revisión, Magistrado ponente Simón Rodríguez Rodríguez. El ejercicio de vida reúne dentro de sus postulados, derechos inalienables inherentes a su propio discurrir como Carta fundamental.
“El derecho a la igualdad impone el deber de no consagrar un igualitarismo jurídico entre quienes se hallan en diversidad de condiciones fácticas, es decir, la obligación de crear un sistema jurídico diferente para quienes se encuentran en desigualdad en los amplios y complejos campos de la vida política, económica, social y cultural. (Rodríguez)
Sirva de ejemplo el planteamiento de la máxima autoridad Constitucional de Colombia para precisar el pensamiento jurídico fundamental al respecto del derecho a la igualdad de un ciudadano o grupo de ellos, entendido como situación concreta, pero debe entenderse como desarrollo de lineamientos filosófico – jurídicos que permiten una visión universal sobre tal protección.
Afirmar en la sentencia que no se trata de “consagrar” un “igualitarismo jurídico” sino la obligación de crear un sistema jurídico diferente para quienes se encuentran en desigualdad.” , es decir, más allá del enunciado jurídico, se halla la situación concreta como elemento base de la perturbación del derecho que ha de desatarse jurídicamente en términos de protección tutelar.
Por ello resulta pertinente revisar, aunque brevemente, aspectos que desde la perspectiva del derecho a la igualdad resultan relevantes para establecer los límites existentes entre posturas de juiciosa universalidad en la guarda de tal principio , más allá de tergiversaciones del señalado igualitarismo, que finalmente termina convertido en ejercicio de discriminación. la Corte Constitucional de Colombia se ha pronunciado en reiterada jurisprudencia al respecto del derecho a la igualdad, veamos:
“La discriminación puede revestir diversas formas. En efecto es directa cuando se establece frente a un sujeto determinado un tratamiento diferenciado, injustificado y desfavorable, basado en criterios como la raza, el sexo, la religión, opiniones personales, entre otras. La discriminación es indirecta cuando de tratamientos no discriminatorios se derivan consecuencias fácticas desiguales para algunas personas, lo que produce lesiones y vulneración de sus derechos fundamentales o limitación al goce de los mismos.” (Delgado)
Así es posible pensar en discriminación directa o quizá indirecta cuando a un deportista que ha cometido falta grave durante el evento deportivo se le expulsa imponiéndole “tarjeta negra”. Supone tal regla disciplinaria un tipo de discriminación y exclusión inadvertida culturalmente, pero asumida como parte de un contexto axiológico, es decir, el sentido de los valores éticos y morales asociados a conductas de cualquier orden que permitan asociaciones deconstructivas para la dignidad humana de sectores de población.
Acercamiento a posibles conclusiones.
Quizá en términos del deporte pueda acercarse la situación planteada al respecto del derecho a la igualdad, preguntándose si un deportista o grupo de ellos representan en competencias internacionales a gobiernos que disponen los recursos para tal representación o a los pueblos que sonríen por los logros de sus amados hijos e hijas, lloran por la derrota, pero se sienten orgullosos del haber sido invitados y la participación.
Ser universal es estar ahí en el aquí y el ahora, igual que los demás participantes y en las mismas condiciones, porque se es universalmente igual desde la diferencia, no es igualitarismo propio de populismos, están ahí por ser humanos aptos para el ejercicio deportivo de alta competencia, virtudes selectas, claro, pero como rango de medición obtenido a través de distintas instancias debidamente reglamentadas en períodos específicos bajo estrictas reglas de competencia. Cuando estando en el podio se levanta el trofeo, se estarán también levantando sueños y desvelos de quienes sin estar estuvieron desde lo profundo del pedazo de tierra que habitan, porque fueron invitados como pueblo y como tal ondearon sus banderas.
La universalidad entraña reconocer aspectos inadvertidos históricamente que, operan en las sombras ideológicas de lo particular, tras las bambalinas del paso de los tiempos y la aceptación tácita, quizá ingenua, de ese decurso trazado sobre el cual se asientan segregación y olvido hechos sonrisa y atento saludo de tiempo en tiempo, como los barcos en tiempos de colonias.
Imagen de París 2024.
Bibliografía
Fornet, R. B. Aprender a filosofar desde el contexto del diálogo de las culturas. Brasil.
Sentencia T-432 de 1992 (Corte Constitucional ).
Sentencia T-030 de 2017 (Corte Constitucional ).





























